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Política gobierno | tabaco |

¿Golpe de timón?

Gobierno exigirá a las tabacaleras números de cigarrillos vendidos

El Gobierno se apoyó para esta exigencia en la Ley 18.256 de 2008 y en el Convenio Marco de la OMS para el Control de Tabaco. Recientemente, fue acusado por la Sociedad Uruguaya de Tabacología de violar estas normas.

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Mediante un decreto firmado el pasado martes 25 de octubre, el Gobierno determinó que las empresas “elaboradoras o importadoras de productos de tabaco deberán presentar ante el Ministerio de Salud Pública (MSP) una declaración jurada” en la que se indique “la cantidad de unidades vendidas por mes de cada marca y tamaño de producto” en el semestre previo a la declaración.

Según consta en el decreto, la medida fue impulsada en el marco del Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control de Tabaco, ratificado en Uruguay en 2004, el cual busca “proteger a las generaciones presentes y futuras contra las consecuencias sanitarias, sociales, ambientales y económicas del consumo de tabaco”.

La resolución menciona los artículos 9 y 10 de dicho convenio, especialmente la parte que reza: “las partes deberían considerar la posibilidad de exigir a los fabricantes e importadores de tabaco que revelen con una periodicidad determinada, para cada marca dentro de una familia de marcas, información sobre el volumen de ventas en unidades”.

El gobierno también se apoyó en la Ley 18.256 de 2008 (ley antitabaco) que tiene como objetivo “reducir de manera continua y sustancial la prevalencia de su consumo y la exposición al humo del mismo”.

De acuerdo a lo expresado en el decreto, esta medida “resulta fundamental” para que el Programa Nacional para el Control de Tabaco de la Dirección General de la Salud del MSP disponga “de información de mercado exacta a los efectos de monitorear la magnitud del consumo” de tabaco.

Por último, se aclara que dentro de la exigencia "quedan comprendidos (..) los dispositivos electrónicos para la administración de nicotica que emplean una tecnología de tabaco calentado".

¿Golpe de timón?

La aparición del mencionado decreto resulta llamativa, sobre todo si se tiene en cuenta que la pasada semana la Justicia falló a favor de la Sociedad Uruguaya de Tabacología (SUT) en torno a la acción de amparo impulsada contra el decreto 282/022 del Poder Ejecutivo, que introdujo cambios en la normativa antitabaco y flexibilizó las limitaciones en el empaquetado y etiquetado de los productos de tabaco.

Dicha modificación, impulsada en respuesta a un pedido de la industria tabacalera según lo reconoció el presidente Luis Lacalle Pou, fue interpretada por muchos como un retroceso en las políticas antitabaco y como una violación a la ley 18.256, utilizada ahora en la fundamentación del reciente decreto.

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