"Pretenden hacerle creer a la gente que con las modificaciones que se hace a la ley actual de lavado de activos se va a frenar el narcotráfico. De ninguna manera, eso es una pantalla para fundamentalmente perseguir a los ciudadanos honestos y levantar todo el secreto bancario”, sostuvo.
La legisladora blanca subrayó que el centro del problema no radica en la figura del lavado, sino en investigar los delitos precedentes. “Lo que importa es el delito precedente. Puede ser una rapiña, puede ser narcotráfico, pero lo que hay que perseguir son las bandas criminales, no a los ciudadanos comunes”, dijo, cuestionando la intención de que el lavado se configure como delito autónomo. En su visión, ese camino implicaría “un derecho penal de autor” propio de “regímenes totalitarios”.
Por su parte, el Partido Colorado decidió apoyar el proyecto, pero con la condición de que no sea tratado como grave y urgente y en su lugar, postergar la votación.
“Estamos dispuestos a aprobar modificaciones a la ley de lavado de activos, luego de discutir y analizar los múltiples aportes recibidos. Ofrecimos al gobierno tratar el proyecto de ley antes de que ingrese el presupuesto al Senado”, dijo el senador colorado Robert Silva.
En ese sentido, consideró que una mejor ley “ayudará a todos a combatir efectivamente el lavado de activos”.
Las claves del proyecto: más control y ajuste a estándares internacionales
El proyecto de ley tiene como objetivo central adaptar el sistema nacional a las exigencias del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI/GAFILAT). Esto implica subsanar las observaciones hechas a Uruguay en la ronda de Evaluación Mutua de 2020 para buscar una mejor calificación en el ciclo 2025/2026. Las reformas buscan fortalecer el sistema en su totalidad —prevención, detección y sanción— y generan un alto impacto tanto a nivel institucional como para los particulares y sujetos obligados.
Fortalecimiento institucional y de control
A nivel de gobernanza, el proyecto busca reforzar la Comisión Coordinadora contra PLAFT/PADM al devolver su presidencia al Prosecretario de Presidencia e incorporar como miembros al Presidente del Banco Central del Uruguay (BCU), el Fiscal de Corte y el Director de la Secretaría de Inteligencia Estratégica. Esta modificación persigue una mayor jerarquía y coordinación interinstitucional.
En cuanto a las facultades de investigación, se amplían las de la SENACLAFT (Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo), a la que se le aclara que podrá retirar documentación y respaldos informáticos durante las inspecciones, además de ampliar el concepto de domicilio válido para inspeccionar. Un cambio crucial se da en la UIAF (Unidad de Información y Análisis Financiero), que ve extendido su poder para ordenar la suspensión de operaciones de movimiento de fondos hasta por cinco días hábiles, un incremento significativo respecto a las 72 horas vigentes. Adicionalmente, se habilita el intercambio espontáneo de información, y no solo cuando es solicitada, para mayor alineación con estándares GAFI.
El ámbito judicial también sufre una reestructuración con la propuesta de eliminar la Fiscalía Especializada en Lavado, reasignando la competencia a los fiscales que investigan los delitos precedentes. Aunque esto busca una mayor integración de la investigación —atacando el delito de origen y el lavado de activos de forma conjunta—, existe la preocupación por la posible sobrecarga en las fiscalías comunes.
Mayor rigurosidad para particulares y profesionales
Las reformas imponen mayor rigor al sector privado y limitan el uso de efectivo. Una de las medidas más sensibles es la reducción del umbral de efectivo permitido para pagos en transacciones, que pasa del actual $1.000.000\ UI a $270.000\ UI, dificultando el uso de grandes sumas de dinero ilícito en el mercado formal y alineándose con prácticas internacionales.
Se amplía la red de control al incorporar a los fiduciarios no financieros como nuevos sujetos obligados controlados por la SENACLAFT, cerrando una potencial vía de blanqueo. A su vez, se exige una mayor cooperación a profesionales independientes, pues se agrega la permuta de inmuebles o establecimientos comerciales a las operaciones que obligan a abogados, escribanos y contadores a aplicar la debida diligencia.
En la misma línea, se elimina la habilitación para la Debida Diligencia Simplificada (DDS) en operaciones realizadas con medios de pago electrónicos, eliminando la presunción de riesgo bajo automático. Finalmente, se intensifica la responsabilidad individual: se habilita a la SENACLAFT a sancionar no solo al sujeto obligado, sino también a sus directivos y alta gerencia. Esto se suma a la exigencia de extender el plazo mínimo de conservación de documentos de 5 a 10 años para mejorar la trazabilidad de las operaciones.
Ampliación del listado de Delitos Precedentes
Para hacer frente a la crítica de que la ley debe centrarse en el delito de base, el proyecto busca explícitamente ampliar el catálogo de crímenes que pueden originar el lavado de activos. Se introducen los ciberdelitos que superen determinado monto, el fraude en entidades financieras y los delitos ambientales, como la introducción de desechos tóxicos.