Los diputados del Frente Amplio Alejandro Zavala y Magela Rinaldi presentaron un proyecto de ley con el objetivo de regular las consecuencias penales del ingreso de estupefacientes a los centros penitenciarios.
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La iniciativa busca modificar el actual régimen de penas, específicamente el artículo 74 de la Ley de Urgente Consideración (LUC), de 9 de Julio de 2020, que "hizo más gravosas las penas para las personas que intentaban ingresar drogas a la cárcel". El proyecto "busca atender la situación generada en el sistema carcelario" a partir de dicha modificación normativa.
El punto central de la propuesta es restituir al juez la facultad de definir la pena, eliminando la obligación de imponer una prisión efectiva mínima de cuatro años en todos los casos. La Exposición de Motivos del proyecto establece que es necesario modificar la normativa "sin que ello implique una imposición de una pena mínima de 4 años" y que el proyecto busca dejar "clara la intención de que la prisión mínima efectiva no sea obligatoriamente de cuatro años".
Para lograrlo, el proyecto sustituye el artículo 36 del Decreto Ley N.º 14.294 y deroga el artículo 60 de la misma norma.
La iniciativa establece que será el juez quien deberá evaluar e interpretar cada caso individualmente. Los criterios para esta evaluación incluyen las pruebas recabadas, las características de la persona (si es primaria o reincidente) y la cantidad de droga que se intentó ingresar, para así determinar si es mejor una medida que no implique la prisión efectiva. El proyecto busca que se le "restituye al juez la posibilidad de aplicar medidas alternativas a la privación de libertad a mujeres imputadas por delitos de drogas (en los leves, principalmente)".
Los fundamentos de la modificación
El proyecto se fundamenta en el impacto que tuvo LUC, la cual, según la exposición, "implica una distorsión en el régimen de dosimetría penal". Se indica que "la jurisprudencia ha dado cuenta de que quienes resultaron mayoritariamente penadas en estos casos fueron mujeres".
La aplicación del artículo 74 de la LUC, al establecer una pena mínima sin posibilidad de que el juez considerara diferentes situaciones, resultó en un significativo aumento de mujeres encarceladas y en un crecimiento de la población carcelaria femenina. El Comisionado Parlamentario Penitenciario, Dr. Juan Miguel Petit, aportó datos que evidencian que, mientras la población carcelaria general creció un 5,2% entre 2021 y 2022, la cantidad de mujeres presas se incrementó en un 13% en el mismo periodo.
Los promotores de la ley señalan que el artículo 36 del Decreto Ley N.º 14.294, en su redacción actual, "refiere a la situación de mujeres, quienes mayoritariamente son las que realizan visitas a las cárceles, y que en algunos casos ingresan sustancias psicoactivas, generalmente en pequeñas cantidades".
Se agrega que "En su mayoría se trata de mujeres pobres, vulnerables, con hijos menores a cargo, que han sido sometidas a presión de sus compañeros privados de libertad o de otras personas para ingresos de estupefacientes en cantidades mínimas".
Esto ha llevado a "situaciones de máxima injustas e inadecuadas, como ha sido ser sancionadas con este mínimo de cuatro años, sin derecho a redención de pena además, por ingresar 50 gramos de marihuana, por ejemplo".
El perfil delictivo de estas mujeres se caracteriza porque "Cometen en mayor medida delitos leves, no violentos y vinculados al tráfico y venta de estupefacientes". Además, "Se encuentran en mayor medida a cargo del cuidado de terceros, por lo que su sujeción a medidas penales repercute especialmente sobre otras personas, en particular, sobre sus hijos e hijas".
En suma, el proyecto "no busca resolver la compleja temática de los estupefacientes sino atacar un problema urgente y complejo que ha sido identificado pero que a la fecha no ha tenido una solución efectiva".