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El texto que ahora pasa al Plenario de Diputados, tuvo varias modificaciones luego de las negociaciones que se dieron entre el gobierno y los partidos Colorado y Cabildo Abierto.
Entre los puntos que se modificaron, están los años que se toman para el cálculo de la jubilación, que a pedido de Cabildo Abierto. También, que se dejó para tratar aparte lo referente a las inversiones de las AFAP en el exterior, los regímenes voluntarios y complementarios, y lo relacionado a la agencia reguladora.
En respuesta a la conquista política de Cabildo Abierto tras negociar de forma directa con el presidente, el Partido Colorado (PC) planteó esta semana dos nuevas modificaciones al proyecto, que se sumaron a las que ya había aceptado el Poder Ejecutivo en marzo.
En esos dos planteos, que ya fueron aprobados por el Gobierno, se establecen cambios en lo referido a la edad de jubilación para los nacidos entre 1973 y 1977.
En un caso, se agrega la posibilidad de retirarse antes de los 65 años, en particular a los 63, siempre y cuando el trabajador cumpla con una cantidad mínima de años trabajados y haya realizado aportes a la seguridad social por 38 años o más. Si el aporte se hizo durante 35, 36 o 37 años, se habilita la posibilidad de retirarse a los 64 años.
Otra de las modificaciones aceptadas por el Ejecutivo refiere a la gradualidad de la causal mínima jubilatoria, es decir, la edad de jubilación para los nacidos entre 1973 y 1975.
El proyecto establecía que los nacidos en 1972 podrían seguir jubilándose a los 60 años, mientras que para el caso de los nacidos en 1973 la edad de retiro en la reforma directamente pasaba a ser a los 63 años.
El cambio establecido en las negociaciones propone que, por cada año de nacimiento, la edad de jubilación se mueva un año progresivamente, sin pegar el salto de 60 a 63 años. Significaría que los que nacieron en 1973 podrían jubilarse a los 61 años, los de 1974 a los 62 años, y los de 1975 sí a los 63 años.
Por otro lado, la tercera propuesta de los colorados pretende que se establezca una reducción paulatina de las tasas mínima de Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS).