Uruguay es reconocido como un país modelo en materia de políticas sociales por iniciativas como la despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo, que se aprobó años antes (2012) que en el resto del continente latinoamericano.
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En Latinoamérica y el Caribe se registran entre 6.000 y 10.000 muertes al año por abortos clandestinos, según la Organización Panamericana de la Salud. El país con la menor tasa de mortalidad materna es Uruguay, seguido por Cuba y Chile.
El número de abortos clandestinos realizados en la región en promedio anual es de más de 6.5 millones. Hubo un aumento considerable en la última década en comparación con los datos de 1990-1994 que registraban 4.4 millones de abortos. Sin embargo, existe consenso internacional sobre el subregistro de interrupciones de embarazos por la naturaleza del fenómeno.
Como se observa en el mapeo realizado en 2019 por El Orden Mundial, en Latinoamérica la mayor parte de los países prohíben el aborto o lo permiten en casos específicos.
En América Latina y el Caribe coexisten leyes que van desde la despenalización hasta la prohibición absoluta del aborto. El porcentaje más alto corresponde a sistemas de despenalización parcial y por causales. Sin embargo, explica Norma Chiapparrone, licenciada en Derecho y magíster en Igualdad: “Todo ese entramado legal no protege a las mujeres que deciden abortar, pues los obstáculos y dificultades que deben enfrentar son muchos”.
En ese escenario de “ineficacia de las respuestas de los sistemas de salud” las mujeres y personas gestantes “acuden a instancias internacionales en demanda por la violación de sus derechos humanos, entendiendo que los derechos sexuales y reproductivos se consideran tales”.
De acuerdo con el Guttmacher Institute, podemos dividir los países en seis categorías según sus políticas relacionadas con la interrupción voluntaria del embarazo.
* Prohibido totalmente o sin excepción legal explícita para salvar la vida de la mujer: El Salvador, Haití, Honduras, Nicaragua, República Dominicana y Surinam.
* Para salvar la vida de la mujer: Antigua y Barbuda, Brasil (a), Dominicana, Guatemala, México (a,d,g), Panamá (a,d,f), Paraguay, Venezuela.
* Para preservar la salud física y para salvar la vida de la mujer (incluye países con leyes que se refieren simplemente a causales de “salud” o “terapéuticas”, las cuales pueden interpretarse más ampliamente que la salud física): Bahamas, Bolivia (a,c), Costa Rica, Ecuador (a), Granada, Perú.
* Para preservar la salud mental (y todas las razones anteriores): Colombia (a,c,d), Jamaica (f), San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía (a,c), Trinidad y Tobago.
* Razones socioeconómicas (y todas las razones anteriores): Barbados (a,c,d,f), Belice (d), San Vicente y las Granadinas (a,c,d).
* Sin restricción de causales: Cuba (f), Guyana, Puerto Rico, Uruguay, Argentina.
Casos de: (a) violación, (b) violación de una mujer mentalmente discapacitada, (c) incesto o (d) malformación fetal. Algunos países restringen el aborto al requerir (e) autorización del esposo o (f) autorización de los padres. En México (g) la legalidad del aborto se determina a nivel de los estados y la clasificación legal que se presenta refleja la situación para la mayoría de las mujeres.
Los países que permiten el aborto por razones socioeconómicas o sin restricción en cuanto a razón tienen límites gestacionales (generalmente el primer trimestre); el aborto puede ser permisible después de la edad gestacional especificada, pero solamente bajo condiciones prescritas.
En algunos países el aborto, además, está penado con cárcel. En El Salvador, por ejemplo, se penaliza en todos los supuestos y la ley establece entre 2 y 8 años de cárcel a quien “provoque, consienta o practique una interrupción del embarazo”, aunque se han dado casos en los que la condena ha sido de 40 años por ser considerado un homicidio. En Guatemala la sentencia puede variar entre uno y doce años de prisión.
En Nicaragua la Asamblea Nacional aprobó en 2017 las peticiones de las iglesias católica y evangélica para retroceder en derechos y prohibir el aborto “terapéutico”, es decir, para salvar la vida de la persona gestante.
Deberes internacionales
Chiapparrone expresa en el artículo ya citado que la situación del continente exige pronunciamientos y recomendaciones de organismos regionales e internacionales y de los comités de los tratados que en distintos momentos y situaciones han reconvenido a los Estados para que despenalicen el aborto en algunos supuestos.
La Organización de las Naciones Unidas (ONU) califica la prohibición total del aborto como una forma de tortura. De hecho, el Comité de Derechos Humanos de este organismo internacional fue aún más contundente e incisivo: en 2018 se declaró, por primera vez, a favor del aborto voluntario a través de la “Observación General N°36”.
El Comité de Derechos Humanos es el órgano de expertos independientes que supervisa la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos por sus Estados parte.
El posicionamiento menciona que los Estados parte pueden adoptar medidas diseñadas para regular las interrupciones voluntarias de embarazos, pero estas medidas no deben resultar en una violación del derecho a la vida de una persona embarazada o del resto de sus derechos. Es decir, las restricciones no deben poner en peligro sus vidas, someterlas a un dolor o sufrimiento físico o mental, discriminarlas o interferir arbitrariamente con su privacidad.
Para los países en los que la IVE está despenalizada total o parcialmente, la ONU determinó que “los Estados parte deben proporcionar acceso seguro, legal y efectivo al aborto en los casos en que la vida y la salud de la mujer o la persona embarazada están en riesgo, o cuando llevar a término un embarazo causaría un dolor o sufrimiento considerable a la mujer o la persona embarazada, especialmente cuando el embarazo es el resultado de una violación o incesto”.
Otro punto importante es que el organismo sentenció que no debe, bajo ninguna circunstancia, castigar a quienes se realizan abortos, incluso en países donde es ilegal: “Los Estados no deben tomar medidas como criminalizar embarazos de mujeres solteras o aplicar sanciones penales contra mujeres y niñas que abortan o contra proveedores de servicios médicos que las ayudan a hacerlo, ya que tomar tales medidas obliga a mujeres, personas y niñas a recurrir a abortos inseguros”.
El aborto en cifras
El último informe sobre aborto en la región realizado por el Guttmatcher Institute arroja los siguientes datos:
* La tasa anual de aborto se estima en 44.
* La tasa de abortos para mujeres casadas es de 48 y para mujeres solteras de 29.
* La proporción del total de embarazos en América Latina y el Caribe que terminan en aborto aumentó de 23% a 32% entre 1990 y 2014.
* Más del 97% de las mujeres en edad reproductiva en América Latina y el Caribe viven en países con leyes de aborto restrictivas.
* 60% de los abortos efectuados en América Latina y el Caribe son calificados como “inseguros”.
* Anualmente, cerca de 760000 mujeres en la región reciben tratamiento por complicaciones de abortos inseguros.
* Más de 24 millones de mujeres en edad reproductiva en América Latina y el Caribe tienen una necesidad insatisfecha de anticoncepción moderna; es decir, desean evitar un embarazo pero no practican la anticoncepción o están usando métodos tradicionales, que son menos efectivos que los métodos modernos.