El servicio de verificación de información AFP Factual detectó afirmaciones falsas en la campaña de defensa de la Ley de Urgente Consideración (LUC).
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Se trata de un spot publicitario sobre el proceso de adopción que compartieron referentes del Gobierno en sus redes sociales, bajo la consigna #VotaNOderogar.
El secretario de la Presidencia, Álvaro Delgado, y la vicepresidenta, Beatriz Argimón, fueron algunos de los jerarcas de gobierno que compartieron la información en su cuenta personal de la red social Twitter.
Con la LUC se reduce de 5 años a 18 meses el proceso de adopción. Les da más derechos a las familias y a los niños. No cambies lo que está bien.
¡Votá por adopción!#VotaNOderogar pic.twitter.com/pyWa7ZOWTR— Alvaro Delgado (@AlvaroDelgadoUy) November 6, 2021
Defendé tu libertad #VotaNOderogar pic.twitter.com/hdSXE54hUP
— Beatriz Argimón (@beatrizargimon) November 1, 2021
No verificado
El contenido audiovisual afirma que «la LUC redujo de 5 años a 18 meses el proceso de adopción», pero AFP Factual, servicio de la agencia de noticias francesa AFP, advirtió que los dos artículos de la LUC sobre adopción que se someterían a referéndum no refieren a los plazos.
Según señaló AFP Fluctual, «el plazo de las adopciones no está entre lo que se busca derogar de ley clave del gobierno uruguayo», afirma el informe del servicio internacional.
«Entre los 135 artículos que se buscan derogar, hay dos relacionados con el régimen de adopciones: el 403 y 404. Estos habilitan a un juez de Familia a resolver la selección de una familia y la integración familiar de los adoptados sin haber pasado por el proceso acostumbrado de selección de los equipos técnicos del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay INAU», dice el informe.
Y añade: «Sin embargo, estos artículos no hacen referencia a que el “proceso de adopción” deba estar concluido en 18 meses».
Por otro lado, AFP Fluctual concluye que, «con respecto a los cinco años de duración del proceso de adopción mencionados en las publicaciones virales y en el video que las acompaña, no está especificado en ningún cuerpo legal».