Beneficios y montos
Los beneficiarios pueden recibir las siguientes ayudas:
- Instituto: $ 7.843,60 (vigente a partir de enero de 2024) para la cuota mensual de institutos de rehabilitación privados habilitados por el BPS.
- Transporte: $ 3.677,24 (vigente a partir de enero de 2024) para el traslado del beneficiario realizado por transportistas autorizados por el BPS.
- Boletos: $ 3.677,24 (vigente a partir de enero de 2024) para los boletos del acompañante del beneficiario.
Proceso de solicitud
El trámite para acceder a esta ayuda debe ser gestionado por el representante legal o el propio beneficiario si es mayor de edad y no está bajo régimen de curatela. Los documentos necesarios para iniciar el trámite incluyen:
Documento de identidad (vigente y en buen estado) del representante legal y del beneficiario.
En caso de no estar registrado el vínculo en BPS, entre ambos, adjuntar partida de nacimiento (con no más de 30 días de expedida), tenencia, curatela o poder.
Si se trata de partidas de nacimiento extranjeras, estas deben estar legalizadas o apostilladas, traducidas al castellano (si es necesario), e inscriptas en la Dirección General del Registro del Estado Civil uruguayo (DGREC).
Una vez completada la documentación inicial, el trámite puede realizarse a través de correo electrónico o agendando una visita presencial en la Unidad de Discapacidad ubicada en el Edificio Sede del BPS en Mercedes 1880, subsuelo, Montevideo.
Para mayor información sobre los requisitos y el proceso de solicitud, se puede consultar directamente con el Banco de Previsión Social.