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Sociedad Proyecto Neptuno | Juan Ceretta | medida

Resolución

Justicia puso en pausa el Proyecto Neptuno y se suspendieron las obras

Juez aprobó la medida de “no innovar” que presentaron las organizaciones sociales opositoras al Proyecto Neptuno: OSE no podrá firmar el contrato con "Aguas de Montevideo".

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Este lunes se conoció la resolución respecto a la medida cautelar que presentaron las organizaciones sociales que están en contra del Proyecto Neptuno pidiendo que se ordenara a OSE no firmar el contrato con "Aguas de Montevideo", el consorcio que resultó adjudicatario de la licitación. La solicitud fue aprobada por el juez y OSE no podrá firmar el contrato.

La audiencia judicial por esta medida de "no innovar" tuvo lugar el pasado viernes. En esta oportunidad, representantes de la comunidad científica fundamentaron sus objeciones al proyecto. Los opositores a este proyecto solicitaron que se suspendan las obras hasta que se descarten las afectaciones que este proyecto provocará en el territorio y la comunidad.

La medida cautelar fue presentada por la Comisión Nacional en Defensa del Agua y la Vida (CNDAV) y Agrupación Tucu Tucu, asesorados por la Clínica de Litigio Estratégico de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República (Udelar).

Sobre la medida

"Se resuelve acceder a la medida de no innovar solicitada. Y, en su mérito, ordenar a OSE que no suscriba el contrato con el Consorcio "Aguas de Montevideo", indica la resolución firmada por el juez letrado Alejandro Recarey.

En diálogo con Caras y Caretas, el abogado representante de las organizaciones sociales demandantes, Juan Ceretta, confirmó la resolución y explicó que la demanda incluía también al Ministerio de Ambiente y al de Salud Pública, pero que "el juez entendió que solo OSE estaba bien demandada". En tal sentido el abogado reflexionó: "Nosotros ganamos respecto a OSE, pero también ganó el Ministerio de Ambiente que quedó afuera, y también ganó el Ministerio de Salud Pública que quedó afuera. Pero a nosotros lo que nos deja satisfechos es que al día de hoy tenemos una sentencia judicial que le prohíbe a OSE firmar el contrato con el consorcio".

Consultado sobre cómo recibieron la sentencia del juez, Ceretta expresó: "Una reflexión muy importante desde el punto de vista conceptual es que uno de los argumentos por los cuales se prohibió a OSE firmar el contrato es porque se entiende que este proyecto vulnera los artículos 47 y 188 de la Constitución, dos artículos cuyo texto fue modificado por iniciativa popular en el 2004. Para nosotros era muy importante que se interpretara la Constitución de esta manera".

Sobre los artículos referidos, recordó que establecen que el abastecimiento de agua potable tiene que ser brindado siempre por el Estado y criticó el argumento de OSE para privatizar el agua. "La trampa que encontraron para esquivar la prohibición fue decir que la Constitución solo dice que el abastecimiento tiene que ser estatal, y que abastecimiento es solo empujar el agua por la cañería. Es decir, que todo lo que sucede antes de que el agua esté pronta para empujarla no es abastecimiento, por lo cual puede ser hecho por privados. Ese era su argumento. Hoy la sentencia coincide con nosotros en que abastecimiento es todo el proceso y, por lo tanto, este proyecto vulnera la Constitución".

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