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Sociedad Neptuno | Tribunal | contrato

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Tribunal de Apelaciones dio vía libre al Proyecto Neptuno y apartó al juez Recarey

Una sentencia del Tribunal de Apelaciones deja sin efecto un fallo anterior sobre el Proyecto Neptuno y apartó al juez que la había dictado.

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El Proyecto Neptuno vuelve por sus fueros. Este miércoles el Tribunal de Apelaciones en lo civil de 4° Turno revocó la decisión del juez Alejandro Recarey ordenando al Estado no suscribir el contrato para la instalación de la cuestionada planta en la zona de Arazatí, San José, dando vía libre a su construcción. Además, apartó a magistrado del caso.

La resolución, dada a conocer este miércoles, declara “la nulidad absoluta” de las providencias dictadas el pasado 24 de junio “dejando sin efecto lo resuelto en las mismas, y declarar de oficio la nulidad absoluta de las actuaciones realizadas en la audiencia celebrada con fecha 21 de junio”.

Asimismo dispone “apartar al juez letrado de Primera Instancia en lo Civil de 9º Turno Dr. Alejandro Recarey de la presente causa”.

Tras la resolución la firma del contrato entre la Administración de Obras Sanitarias del Estado (OSE) y el Consorcio Aguas de Montevideo tiene vía libre.

El caso será retomado en una nueva audiencia a la que todavía no se le ha fijado fecha.

Neptuno y los cuestionamientos

El Proyecto Neptuno propone tomar agua del Río de la Plata en la zona de Arazatí en San José para, luego de su tratamiento, inyectarla en la red de abastecimiento de Montevideo y Área Metropolitana.

La medida cautelar fue presentada por la Comisión Nacional en Defensa del Agua y la Vida (CNDAV) y Agrupación Tucu Tucu, asesorados por la Clínica de Litigio Estratégico de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República (Udelar).

"Se resuelve acceder a la medida de no innovar solicitada. Y, en su mérito, ordenar a OSE que no suscriba el contrato con el Consorcio "Aguas de Montevideo", indicaba la resolución firmada por Recarey en junio pasado.

Afirman los detractores del proyecto que se busca privatizar parte del suministro de agua potable, contraviniendo la reforma constitucional de 2004, que prohibió la privatización de servicios esenciales como el agua.

Se le agregan objeciones respecto al impacto ambiental.

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