¿Qué dice el informe?
El informe jurídico elaborado por Fabián Pita, Germán Geis y María José Aznarez concluyó que no correspondería la pérdida inmediata de la banca del legislador. Los juristas sostuvieron que el rol del abogado defensor es considerado una “parte formal” frente a Fiscalía y no un simple gestor de trámites, lo que atenuaría la interpretación de la prohibición prevista en el inciso 2° del artículo 124 de la Constitución. También señalaron que el espíritu original de la norma no contemplaba actuaciones ante el Ministerio Público, dado que la institución fue estructurada con posterioridad a la reforma de 1934.
La controversia se origina en la presentación de un escrito de Ojeda ante Fiscalía pidiendo el reexamen de una causa en la que actúa como abogado. Para algunos sectores, esa acción constituiría la tramitación de un asunto de terceros ante un organismo descentralizado, lo que implicaría la pérdida automática de la banca.
La postura del Frente Amplio
Desde el Frente Amplio, Pereira afirmó más temprano que su fuerza política no pretende que un senador pierda su banca por una decisión mayoritaria interna. Sin embargo, señaló que los informes recibidos por la Mesa Política coinciden en que Ojeda violó la Constitución, aunque difieren en el mecanismo para aplicar la sanción: una resolución por mayoría simple en el Senado, según José Korzeniak, o el uso del artículo 115, que requeriría dos tercios, según Luis Fleitas.
Pereira sostuvo que el punto central era dilucidar si un legislador que ejerce la abogacía puede realizar gestiones para terceros ante organismos descentralizados. “Si puede, no violó la Constitución. Pero hasta ahora no he sentido a ningún dirigente político decir ‘puede’”, remarcó.