Para el entrevistado, el momento en que se definió el llamado licitatorio coincidió intencionalmente con los debates legislativos orientados a erradicar las asignaciones a dedo en los gobiernos departamentales. "En diciembre del 2025, el Parlamento estaba votando la ley 20.451 de ingresos a las Intendencias, una ley que si bien es perfectible, intenta poner el foco en lo que es justamente el clientelismo político de las intendencias, algo que es moneda corriente, sobre todo en las intendencias del Partido Nacional", afirmó.
En ese sentido, remarcó la intencionalidad de la comuna al concretar el vínculo comercial con la entidad presidida por Viana. "Ahora lo que queda claro es que desde la Intendencia de Durazno se continúa con este modus operandi y es un intento claro de burlar la ley 20.451, cosa que estamos viendo también en otros departamentos, donde aplicando la ley incluso se burla el espíritu de la misma", remarcó Licandro.
Evasión de impuestos
A las críticas sobre el impacto en la transparencia del empleo público, Licandro sumó argumentos sobre las consecuencias fiscales y previsionales que acarrea la tercerización mediante organizaciones sin fines de lucro. "Es obvio que además del intento de burlar la ley 20.451, algo que se hizo en el periodo pasado y se vuelve a hacer ahora a través de la contratación de estas ONG, es evadir aportes patronales. La intendencia, las fundaciones, al ser supuestamente sin fines de lucro, no hacen aportes patronales al BPS y tampoco pagan impuestos a la DGI. Y las intendencias por esta vía de alguna manera están evadiendo aportes", denunció.
Asimismo, cuestionó la reestructuración burocrática de la comuna, que contrapone la creación de áreas específicas con el desvío de funciones hacia la fundación de la que forman parte figuras vinculadas a la extrema derecha internacional. "Se creó en el presupuesto actual una división con el nombre de Capital Humano. Pero decimos nosotros: ¿para qué una división de capital humano, de recursos humanos, cuando estás dejando en manos de un tercero la contratación de los recursos humanos? Porque esto no es una empresa que se contrata para hacer una obra", cuestionó.
Según detalló, el alcance del objeto licitado abarca tareas administrativas, técnicas, educativas, sanitarias y culturales. Respecto a las condiciones fijadas en el pliego para el ingreso de personal, el entrevistado señaló llamativas incongruencias en los porcentajes de territorialidad requeridos. "Establecen un tope de hasta 200 personas, 200 recursos humanos dicen, de los cuales el 80% deberán ser residentes en Durazno. Yo me pregunto por qué el 80 y no el 100 si estamos hablando de funcionarios de la Intendencia de Durazno", planteó.
Sobre la observación del Tribunal de Cuentas
Finalmente, al abordar el dictamen del organismo de contralor que señaló que la fundación carecía de potestad legal para suministrar personal, Licandro puso en duda las explicaciones de la Intendencia sobre los plazos y mecanismos para regularizar dicha objeción. "El Tribunal de Cuentas cuando observa esta licitación dice: 'De acuerdo a la descripción del objeto establecido en el Estatuto de la Fundación Rioplatense FREE, no surge que la misma se encuentre habilitada estatutariamente a brindar servicios de suministro de mano de obra de terceros'. Está clarísima la observación y a esto el intendente ha dicho que es una observación que se podía salvar fácilmente y que ya estaban en eso. La observación es de abril, en mayo la Intendencia hace el contrato con esta fundación. Yo me pregunto qué personería jurídica en este país modifica en menos de un mes el estatuto, y más una organización internacional con todo lo que ello trae aparejado", sentenció.